¿Qué es el concurso de acreedores?


Un concurso de acreedores es un procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda. El concurso de acreedores abarca las situaciones de quiebra y las de suspensión de pagos.

La regulación legal española de esta materia se encuentra en la Ley 22/2003 del 9 de julio, Concursal, modificada por el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica, y la Ley 38/2011, de 10 de octubre.

La última modificación significativa de esta Ley, fue introducida por la Ley 9/2015, de medidas urgentes en materia concursal, que se publicó en el BOE el 26 de mayo de 2015 y entró en vigor el 27 de mayo, y que modifica preceptos relativos al convenio, a la fase de liquidación, a la calificación del concurso, al acuerdo extrajudicial de pagos y a los acuerdos de refinanciación, entre otros. La actual Ley 1/2020 de 5 de mayo, Concursal deroga a la ya mencionada Ley 22/2003 del 9 de julio Concursal. Que entró en vigor el 01/09/2020.

Tal y como señala la Exposición de Motivos de la Ley Concursal (Ley 22/2003 de 9 de julio), con la regulación española de los concursos de acreedores se persigue satisfacer la necesidad de regular el reparto de pérdidas cuando alguien no puede hacer frente a las deudas. En este procedimiento se protege más a los débiles, como los trabajadores, y se posterga a aquellos que han tenido influencia en la mala situación económica o que puedan beneficiarse del concurso, por ejemplo, administradores de las personas relacionadas con el concursado.

El concurso de acreedores es el proceso por el cual se procura que un deudor insolvente satisfaga, en la medida de sus posibilidades, a una pluralidad de acreedores.

El concurso de acreedores es un proceso en el que se intenta que un deudor insolvente satisfaga a varios acreedores.

Como son varias personas las que ostentan créditos contra el deudor insolvente, el cobro de la totalidad de las deudas puede ser imposible. Por tanto se articula este proceso, que trata de ofrecer:

  • Alternativas de pago, para permitir la continuidad de la actividad.
  • Una solución parcial pero igualitaria para todos los deudores, respetando el orden legal de prelación de créditos.
  • En el peor de los casos, la liquidación del patrimonio del deudor para aplicarlo al pago de deudas.

El concurso de acreedores es un procedimiento que se sustancia ante los juzgados de primera instancia (deudor personal natural no empresario o profesional) o de lo mercantil (deudor empresario o profesional), cuando el deudor no puede atender sus obligaciones de pago (situación de insolvencia actual) o prevé que no podrá atenderlas regular y puntualmente (situación de insolvencia inminente), a fin de que, mediante el proceso judicial correspondiente, se intente un acuerdo con los acreedores a fin de que acuerden quitas (reducciones de la deuda pendiente) y/o esperas (aplazamiento en el tiempo del pago de las cantidades que se les adeudan), con el objetivo de evitar la liquidación del patrimonio del deudor o, en caso de no ser posible lo anterior, se lleve a cabo una liquidación ordenada del patrimonio del deudor, asegurando el pago de los acreedores en el riguroso orden de preferencia que determina la ley.


¿Qué es el concurso de acreedores?

Como decimos, se trata de un mecanismo de satisfacción de deudas. Pero también opera como una solución de segunda oportunidad y como una herramienta de protección social.

  • Como mecanismo de satisfacción de deudas garantiza que los múltiples acreedores cobren en igualdad de condiciones. Este principio es el llamado par conditio creditorum, e impide que el primero en reclamar perjudique las expectativas de cobro del resto.
  • Como solución de segunda oportunidad se orienta a la continuidad de la actividad económica. Se trata de prevenir así el impacto social que puede tener la quiebra de una empresa.
  • Como herramienta de protección social hace prevalecer el cobro de determinados créditos. Así, los trabajadores y la Administración Pública gozan de cierta prioridad, que merma la lesión derivada de la insolvencia.

¿Quién puede declararse en concurso de acreedores?

Contra la creencia popular, no solo las empresas pueden declararse en concurso. Este procedimiento también puede iniciarse respecto a particulares y herencias.

Sin embargo, la mayoría de los concursos se promueven por empresas. Por eso nos referiremos a lo largo del artículo a “la empresa” o “el empresario” como el sujeto del concurso, sin perjuicio de que pudiera ser un particular. Puedes encontrar más información sobre el concurso de acreedores para personas físicas en nuestra guía sobre la Ley de 2ª Oportunidad.


¿Cuándo se declara el concurso de acreedores?

El empresario tiene la obligación de solicitar su concurso cuando se encuentre en situación de insolvencia actual o inminente. En caso de no hacerlo podrá enfrentarse a la declaración de culpabilidad del concurso, que se explica más adelante. Además, sus acreedores podrán iniciar esta solicitud.

En cualquier caso, la ley exige que se declare el concurso desde el momento en que resulte imposible “cumplir con las obligaciones regularmente”. El cumplimiento regular puede observarse desde varias perspectivas:

  • Económicamente implica que la empresa no pueda pagar sus deudas íntegramente.
  • Temporalmente implica que la compañía no pueda satisfacerlas puntualmente.
  • Además, se considera que no se puede cumplir regularmente con las obligaciones si para hacerlo hay que recurrir al endeudamiento sistemático. Y ello porque solo se genera una apariencia de solvencia, que puede conducir a una deuda mayor a la inicial a causa de los intereses.

Constatada esta situación, el empresario deberá solicitar el concurso voluntario en plazo de dos meses. También puede iniciar negociaciones de refinanciación, lo que le permitiría alargar este plazo.


¿Cómo se declara el concurso o tipos de concursos de acreedores?

El concurso puede declararse a instancia del propio deudor o de sus acreedores. En el primer caso se habla del concurso voluntario, mientras que el segundo es el concurso necesario.

  1. El concurso voluntario debe presentarlo el propio empresario en plazo de dos meses desde que conozca su insolvencia.
  2. El concurso necesario lo presenta un acreedor cuando haya intentado cobrar un crédito infructuosamente. También pueden solicitarlo los socios de la propia compañía.

En cualquier caso, deberá acreditarse la situación ruinosa de la compañía, aportándose:

  • Una memoria económica.
  • Un inventario de bienes y derechos.
  • Una lista de acreedores.

Estos documentos son fundamentales para valorar la procedencia del concurso. También se utilizarán para determinar las masas activa y pasiva, como se explicará más adelante.


Las fases del concurso de acreedores

El concurso de acreedores se divide en cuatro fases. Sin embargo no tienen por qué concurrir todas, y en caso de reapertura se volverá a la tercera de ellas. Cada concurso sigue unos cauces particulares, y mientras en unos casos se podrá evitar mediante un acuerdo de refinanciación (a través de lo que se conoce como preconcurso de acreedores) en otros será necesaria la liquidación de la sociedad.

Estas fases son:

  1. Actos previos.
  2. Fase común.
  3. Fase de resolución.
  4. Calificación del concurso.

Actos previos

Incluyen la solicitud de iniciación, la documentación de las circunstancias y los primeros pasos procesales. Así, se pueden solicitar medidas cautelares y conduce al auto de admisión a trámite, que abre la fase común.

Fase común

Se inicia con la declaración del concurso. Despliega ciertas obligaciones sobre el deudor, los acreedores y las relaciones jurídicas de ambos.

  • Respecto al deudor, le impone la obligación de colaboración y limita sus facultades patrimoniales. En los concursos voluntarios necesitará la autorización de la administración concursal para disponer de su patrimonio. Pero si el concurso es necesario, la administración concursal lo sustituirá para ejercitar actos de disposición.
  • Respecto a los acreedores, limita su capacidad de reclamación. Durante esta fase las ejecuciones quedan paralizadas, ya que se trata de conservar el patrimonio para respetar el orden de prelación de créditos y el principio par conditio creditorum. Por tanto, tampoco se pueden presentar nuevas demandas.
  • Respecto de la administración concursal, participará de los actos de disposición del empresario. También conservará y administrará la masa activa. Deberá preparar un informe sobre el estado económico de la empresa, el inventario y la lista de acreedores. Para ello, dispone del plazo de dos meses.
  • Respecto del patrimonio del deudor, se determinan la masa activa y pasiva. Dicho de otro modo, se concretan los derechos de cobro y el patrimonio del que se dispone para hacerles frente.

Como se ve, el objetivo de la fase común es determinar el alcance del concurso. A la vez, trata de preservar el patrimonio del deudor para que se pueda aplicar al convenio o liquidación. Esta fase se cierra con la elaboración de un informe de la administración concursal.

Fase de resolución

La resolución del convenio puede producirse por dos vías:

  1. El convenio. Puede presentarse anticipadamente o no. Su objetivo es llegar a un acuerdo con los acreedores para permitir el pago. Así, permite introducir quitas y esperas. Requerirá la aprobación judicial y se realizará un seguimiento para garantizar su cumplimiento. Y es que en caso de incumplimiento podría declararse la culpabilidad del concurso y liquidarse el patrimonio del concursado.
  2. La liquidación. Se plantea como la solución más indeseable al concurso de acreedores, y consiste en liquidar el patrimonio del concursado para satisfacer, en la medida de lo posible, los créditos concurrentes. Solo procede en los casos de inviabilidad del proyecto, donde alargar la actividad solo incrementará el pasivo.

Calificación del concurso

El concurso puede ser calificado como fortuito o culpable, dependiendo de las circunstancias en que se haya producido. Esta fase de calificación se reserva para los casos de liquidación, incumplimiento del convenio o aprobación de convenios perjudiciales para los acreedores.


¿Cuánto dura un concurso de acreedores?

El concurso de acreedores se inicia con el auto de admisión y concluye:

  • Por revocación del mismo.
  • Cuando se cumpla el convenio o se frustre por inexistencia de bienes y derechos.
  • O cuando todos los acreedores renuncien a sus derechos.

Cabe señalar que la aparición de bienes en el plazo de cinco años desde la conclusión puede dar pie a una reapertura del concurso.

Dados los múltiples cauces que puede tomar cada procedimiento, su duración es tremendamente variable. Así, un concurso podría conducir a la aceptación del convenio anticipado en unos pocos meses. Luego solo habría que esperar al cumplimiento del mismo en los plazos pactados.

En principio una tramitación ágil permite llegar a la fase de resolución en poco menos de un año. Posteriormente habrá que esperar a la ejecución de la vía de resolución alcanzada (liquidación o convenio).


¿Quién cobra primero en un concurso de acreedores?

Pese al principio par conditio creditorum, la Ley Concursal establece un orden de prelación de créditos. Así, los pagos se organizan por “niveles”. Solo cuando se haya satisfecho el nivel superior se pasarán a pagar los del nivel inferior. Y cuando no exista capital para satisfacer el nivel entero se abonarán proporcionalmente.

El esquema del orden de prelación de créditos en un concurso de acreedores es el siguiente:

  1. Créditos contra la masa. Propiamente se trata de créditos extraconcursales. Son los necesarios para la continuación de la actividad y para la tramitación del concurso.
  2. Créditos privilegiados. Se trata, principalmente, de créditos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, laborales y garantizados.
  3. Créditos subordinados. Se trata de los restantes créditos, que solo se abonan cuando se han satisfecho las anteriores categorías.

Efectos del concurso culpable

Durante la fase de calificación puede determinarse la culpabilidad del concurso. Esto ocurre cuando alguna persona ha contribuido, concurriendo dolo o culpa, a producir o agravar la insolvencia. Los responsables de provocar o agravar la quiebra:

  • Perderán sus derechos de cobro.
  • Podrán ser objeto de responsabilidad civil e incluso de responsabilidad penal.
  • Pueden ser inhabilitados para la administración o representación de bienes y personas.
  • Deberán restituir los bienes y derechos obtenidos indebidamente. Además, pueden ser condenados a contribuir al pago de los créditos del concursado.

 

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