Inscripción de situaciones especiales en el Registro Mercantil


La inscripción de situaciones especiales en el Registro Mercantil es una parte fundamental del control y publicidad de la vida jurídica de las sociedades, ya que garantiza que terceros conozcan circunstancias anómalas o relevantes que afectan a la empresa.


Concepto general

Las situaciones especiales son circunstancias extraordinarias que alteran el funcionamiento normal de la sociedad o afectan su capacidad jurídica o económica, y que deben ser inscritas en el Registro Mercantil para que surtan efectos frente a terceros.

Su finalidad es dar publicidad y seguridad jurídica a estos hechos excepcionales.


Principales situaciones especiales inscribibles

El Registro Mercantil debe reflejar todas las alteraciones relevantes del estado jurídico o económico de la sociedad. Las más importantes son:

Tipo de situación especial Descripción Efectos registrales
Disolución de la sociedad Cese de la actividad social o imposibilidad de cumplir el objeto social. Puede ser voluntaria o forzosa. Se inscribe la disolución, la causa y el nombramiento de liquidadores.
Nombramiento de liquidadores Designación de las personas encargadas de liquidar el patrimonio social. Sustituye a los administradores.
Reactivación de la sociedad Cuando desaparecen las causas de disolución y se acuerda reanudar la actividad. Inscripción de acuerdo de reactivación.
Situaciones concursales (concurso de acreedores) Procedimiento judicial de insolvencia regulado por la Ley Concursal. Inscripción de la declaración de concurso, intervención o suspensión de facultades, administración concursal, etc.
Suspensión de acuerdos sociales por resolución judicial Cuando se impugnan acuerdos ante los tribunales y se acuerda su suspensión cautelar. Se anota la suspensión en el folio registral.
Intervención administrativa o judicial de la sociedad Por ejemplo, entidades de crédito intervenidas por el Banco de España. Se inscribe la intervención y el nombramiento de los interventores o administradores provisionales.
Fusión o escisión en curso (fase intermedia) Antes de inscribir la operación definitiva, pueden anotarse situaciones transitorias. Anotación preventiva.
Cese de administradores por expiración de mandato sin reelección Situación interina hasta el nuevo nombramiento. Se hace constar la vacante o cese provisional.
Reducción o pérdida total del capital social Cuando el patrimonio contable queda por debajo del mínimo legal. Puede dar lugar a disolución o reconstitución.
Declaración de inactividad Comunicación a efectos fiscales y mercantiles de la falta temporal de actividad. Inscripción informativa.
Cierre registral por falta de depósito de cuentas o legalización de libros Bloqueo del Registro por incumplimiento. Se inscribe la nota de cierre.
Cambio de domicilio al extranjero o traslado a España Situación transitoria durante el proceso de traslado. Anotación preventiva hasta que sea firme.

Procedimiento de inscripción

Documentación necesaria

Depende de la situación concreta, pero en general:

  • Escritura pública o documento judicial que acredite el hecho (disolución, concurso, resolución, etc.).

  • Certificación del acuerdo social, si procede.

  • Resolución judicial o administrativa firme, en su caso.

  • Instancia de presentación y liquidación de tasas registrales.

Presentación

  • Registro Mercantil del domicilio social de la sociedad.

  • Forma telemática o presencial.

  • El Registrador califica la legalidad formal y material de los documentos.

Plazos

No existe un plazo único, pero debe inscribirse sin dilación injustificada desde que se produce el hecho o se dicta la resolución correspondiente.


Efectos de la inscripción

  • Publicidad frente a terceros: los hechos inscritos son oponibles erga omnes.

  • Seguridad jurídica: protege tanto a la sociedad como a los acreedores y socios.

  • Validez formal: algunas situaciones (como la disolución o concurso) no producen efectos plenos hasta su inscripción.

  • Bloqueo o limitación registral: en ciertos casos (concurso, disolución), el Registro restringe nuevas inscripciones ordinarias.


Ejemplos prácticos de asientos registrales

Ejemplo 1: Disolución voluntaria

Disuelta la sociedad “TecnoSolar S.L.” por acuerdo de la Junta General celebrada el 30 de junio de 2025.
Se nombra como liquidadores a D. Juan Pérez y Dª Ana Ruiz.
Inscrita la disolución con fecha 5 de julio de 2025.

Ejemplo 2: Declaración de concurso

Por auto del Juzgado Mercantil nº 7 de Madrid, de fecha 10 de septiembre de 2025, se declara en concurso voluntario a la sociedad “Construcciones Delta S.A.”, designándose administrador concursal a D. José López García.
Inscrita la declaración el 15 de septiembre de 2025.

Ejemplo 3: Reactivación de sociedad

Reactivada la sociedad “InnovaTextil S.L.” por acuerdo de la Junta General de 20 de mayo de 2025, al haber desaparecido la causa de disolución por pérdidas.
Inscripción practicada el 25 de mayo de 2025.


Importancia práctica

  • Facilita la transparencia en el tráfico mercantil.

  • Permite a terceros verificar la situación real de la empresa antes de contratar.

  • Evita la responsabilidad de los administradores por ocultar hechos relevantes.

  • Requisito previo para realizar actos posteriores (liquidación, venta de activos, reactivación, etc.).


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 665,50€.


Solicitud de inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que se solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)