Registro Mercantil de A Coruña


 

Registro Mercantil de A Coruña


Contacto

Dirección y teléfono

  • Dirección: Rúa Novoa Santos, 5-7-9, 1ª planta, Novoa Santos, 5, 7, 9 – 1º y 2º, 15006 A Coruña
  • Teléfono: 981 13 09 19

Horario

El horario del Registro Mercantil de A Coruña es de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas.


Trámites

A continuación se encuentran los trámites que puede realizar online con el Registro Mercantil de A Coruña:


¿Qué es el Registro Mercantil de A Coruña?

El Registro Mercantil de A Coruña es una institución administrativa de carácter público donde las sociedades mercantiles y empresarios individuales, entre otros, están obligados a inscribir determinados actos, es decir, el Registro Mercantil es el organismo donde las empresas deben inscribir los actos que establece la ley.

Este Registro es el organismo público donde las empresas y los empresarios deben inscribir los actos que la ley establece, con el objetivo de que cualquier persona que lo desee pueda ver los documentos que se inscriben. Por ejemplo, es posible consultar los datos de una SL concreta: desde cuándo está inscrita, si ha presentado sus cuentas anuales o quien es el Administrador de la misma.

El Registro Mercantil es la Oficina del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, destinada a la inscripción de las personas, cosas y actos referentes a la negociación mercantil, que el interés del comercio exige que se les dé publicidad. Se rige por los Arts. 16 a 24 del Código de Comercio y por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.


¿Para qué sirve el Registro Mercantil de A Coruña?

El Registro Mercantil está a cargo del Registrador y bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

El Registro Mercantil de A Coruña se puede definir desde tres puntos de vista:

  • Institución jurídica: el Registro Mercantil es un instrumento de publicidad para la seguridad del tráfico jurídico mercantil, que se fundamenta en el total acceso por parte de todo el público a por ejemplo todas las cuentas anuales de los empresarios, libremente.
  • Oficina pública: se trata de una oficina de servicio público que existe en todas las capitales de provincia, y en determinadas ciudades previstas reglamentariamente.
  • Conjunto de libros: el Registro Mercantil está formado por el conjunto de libros, legajos y documentos depositados en el registro por el empresario bajo la responsabilidad del registrador, que comprobará que todo estará en orden antes de concederle el registro.

Por lo tanto, la principal función que cumple el Registro Mercantil de A Coruña es la de publicidad legal del empresario.


¿Cómo funciona el Registro Mercantil de A Coruña y qué funciones cumple?

El Registro Mercantil de A Coruña forma parte, sin duda, de la actividad habitual de cualquier empresa y su función principal es dar transparencia al tráfico mercantil.

Se trata de un registro de acceso público donde se inscriben hechos y actos relativos a empresarios y sociedades mercantiles con el fin de dar publicidad de ellos. Es de acceso público, con coste, pero de libre acceso, y da seguridad a las operaciones mercantiles.

El Registro Mercantil depende del Ministerio de Justicia y está organizado territorialmente por provincias, donde cada capital de provincia tiene su propio Registro Mercantil territorial con competencias en la provincia.

El Registro Mercantil Central, con sede en Madrid, se encarga de la centralización, ordenación y administración de los datos recibidos de los Registros Mercantiles territoriales, entre otros.

Las funciones del Registro Mercantil de A Coruña

La Ley 19/1989 amplió las funciones de los Registro Mercantil territoriales, los cuales, además de ser oficinas públicas de inscripción, asumen la legalización de los libros de los empresarios, el nombramiento de expertos independientes y de auditores de cuentas.

La atribución de funciones al Registro Mercantil de A Coruña, ha continuado con el Real Decreto-Ley 3/2009, que ha atribuido al Registrador mercantil la competencia para el nombramiento de experto independiente a fin de que emita informe, entre otros extremos, sobre el carácter razonable y realizable del plan de viabilidad presentado por el deudor en el marco de los denominados “acuerdos de refinanciación”.

La Ley 15/2015, de jurisdicción Voluntaria ha centrado ese proceso, atribuyendo a los Registradores mercantiles en competencia compartida con los Letrados de la Administración de Justicia, la de conocer, en ciertos casos, las Juntas Generales (arts. 169 a 171 LSC) y la asamblea de obligacionistas (art. 422.3 LSC) y otros igualmente relevantes.

  • La legalización de los libros de los empresarios
  • El nombramiento de expertos independientes por el Registrador mercantil
  • El nombramiento de auditor de cuentas por el Registrador Mercantil de A Coruña
  • El depósito y la publicidad de las cuentas anuales

Inscripciones en el Registro Mercantil de A Coruña

La inscripción en el Registro Mercantil de A Coruña es uno de los trámites de constitución de una empresa, si bien en algunos casos, como sucede cuando se trata de un empresario individual, esta acción es voluntaria. Para el resto de sociedades será obligatorio visitar el Registro Mercantil Central en Madrid, o alguno de los provinciales.

Con esta gestión se da publicidad al nombre de la sociedad y se produce la capacidad jurídica plena de la empresa.

¿Qué es la inscripción en el Registro Mercantil?

En dependencia del Ministerio de Justicia se halla el Registro Mercantil de A Coruña. Esta Institución Oficial tiene distintas funciones, una de las cuales es proceder a la inscripción de sociedades de nueva constitución.

La inscripción en el Registro Mercantil de A Coruña sirve para dejar constancia de un hecho, como puede ser la constitución de una sociedad, y darle publicidad. Esta inscripción tiene carácter obligatorio, salvo en los casos en que se disponga lo contrario expresamente, como es el del empresario individual, e que es potestativo.

El no inscribir actos de inscripción obligatoria puede dar lugar a responsabilidades, en las que incurrirían las personas obligadas a solicitarla, como pueden ser administradores de sociedades o responsables de entidades.

¿Qué documentos hace falta aportar para la inscripción en el Registro Mercantil?

Para poder realizar correctamente la inscripción en el Registro Mercantil de A Coruñaes necesario presentar la solicitud de inscripción junto con ciertos documentos.

Cuando se trate de la inscripción de una sociedad, el trámite requerirá la aportación de:

  1. El CIF de la sociedad o el DNI /NIE en el caso de empresarios individuales, empresario individual naviero y emprendedores de responsabilidad limitada. Será preciso presentar copia de este número de identificación fiscal o del Documento Nacional de Identidad.
  2. La escritura pública. El documento que formaliza la constitución de la sociedad también debe aportarse al proceso de inscripción. En el caso del empresario individual, así como en el del emprendedor de responsabilidad limitada, haría falta la declaración de inscripción al Registrador.
  3. El Modelo 600. Se trata de un impreso a través del que se tramita la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
  4. El certificado de sociedad laboral. Solo en el caso de las sociedades así acreditadas e inscritas en el correspondiente Registro.
  5. El Alta en el Censo de Empresarios y Profesionales, en el caso del empresario individual y del naviero.
  6. El Modelo 601 (Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y la instancia telemática suscrita con la firma electrónica reconocida o notarial, si procede, cuando quien practique la inscripción en el Registro Mercantil sea un emprendedor de responsabilidad limitada. Sólo el impreso de liquidación en el caso del empresario individual naviero.

¿Qué actos se inscriben en el Registro Mercantil?

Los actos publicados en el Registro Mercantil de A Coruña se anotan en asientos, que pueden ser de distintos tipos:

  • Asientos de presentación: se trata del asiento de entrada de cualquier operación registral. La presentación de asientos puede ser mediante certificado digital.
  • Inscripciones: es el asiento que deja constancia del asiento de presentación.
  • Anotaciones preventivas: se utilizan para proteger un derecho del que todavía no se tiene certeza o en decisiones judiciales o administrativas.
  • Notas marginales: se practican al margen de las inscripciones para dar publicidad de un hecho secundario.
  • Cancelaciones: permiten retroceder o dejar sin efecto alguno de los asientos anteriores.

En base a estos tipos de asiento, los hechos y actos, entre otros, que se inscribirse en el Registro Mercantil de A Coruña son:

Para sociedades mercantiles:

  • Constitución de sociedades.
  • Aumentos y reducciones de capital.
  • Modificaciones estructurales de sociedades como fusiones, absorciones y escisiones.
  • Disoluciones, liquidaciones y concurso de acreedores.
  • Nombramientos y ceses de cargos en sociedades, así como apoderamientos.
  • Depósito y publicidad de documentos contables.

Para empresarios individuales:

  • Apoderamientos generales o especiales, así como su modificación, revocación o sustitución.
  • Apertura y cierre y otros actos correspondientes a las sucursales del empresario.
  • Declaraciones judiciales que afecten a la capacidad del empresario.
  • Concursos de acreedores.
  • La capitulaciones matrimoniales y resoluciones judiciales de divorcio, separación o nulidad.

¿Qué sociedades están obligadas a inscribir sus actos en el Registro Mercantil de A Coruña?

Además de las sociedades mercantiles habituales, como la sociedad de responsabilidad (S.L.) limitada o la sociedad anónima (S.A.) y los empresarios individuales, están obligadas a inscribir sus actos los siguientes tipos de sociedad:


Legalización de libros en el Registro Mercantil de A Coruña

El Reglamento del Registro Mercantil y el Código de Comercio indican que los empresarios presentarán los libros que obligatoriamente deben llevar en el Registro Mercantil de A Coruña, para que antes de su utilización, se ponga en el primer folio de cada uno diligencia y, en todas las hojas de cada libro, el sello del Registro.

¿En qué consiste la legalización?

Mediante la legalización el Registro Mercantil de A Coruña sella los libros con la finalidad de que su información no se pueda manipular con posterioridad.

¿Dónde debe realizarse la legalización de los libros?

En el Registro Mercantil del lugar donde tuvieren su domicilio (ver direcciones de los Registros Mercantiles).

¿Quiénes deben legalizar los libros en el Registro Mercantil?

  • Los empresarios individuales (sólo los que realicen actividades empresariales, no profesionales, acreditándolo mediante fotocopia del alta en el I.A.E. o el último recibo de dicho impuesto).
  • Las sociedades mercantiles, siempre que estén inscritas en dicho Registro.
  • Las Cooperativas que operen en su Comunidad Autónoma.

No podrán legalizar los libros en el Registro Mercantil de A Coruña:

  • Los profesionales.
  • Las sociedades civiles.
  • Las Comunidades de Bienes.
  • Las Herencias Yacentes.
  • Las Cooperativas de ámbito estatal.

¿Qué libros hay que legalizar?

  • El libro Diario.
  • El libro de Inventario y Cuentas Anuales.
  • El libro de Actas de las Juntas.
  • El libro de Registro de Accionistas de sociedad anónima o de Registro de Socios de Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Para sociedad unipersonal, el Libro de Registro de Contratos celebrados entre el socio único y la sociedad.
  • Los libros auxiliares y cualesquiera otros que se lleven por los empresarios en el ámbito de su actividad.

Presentación de cuentas en el Registro Mercantil de A Coruña

Toda empresa debe presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil de A Coruña de forma obligatoria o dejar que un gestor las presente por la tuya.

Vamos a ver cómo hacer la presentación, qué documentos se incluyen en las cuentas anuales y cuál el plazo para presentar las cuentas anuales.

Plazo de presentación de las cuentas anuales

A partir del cierre del ejercicio, los administradores de la empresa tienen un plazo máximo de tres meses para formular las cuentas anuales de la empresa. Una vez las cuentas están creadas, se define un mes para poder hacer la presentación a la Junta General de la empresa y ser aprobadas. Para ello, deben ser firmadas por los miembros de la Junta General. En el mes siguiente de la aprobación de las cuentas anuales por parte de la Junta General, se debe hacer la presentación de las cuentas anuales al Registro Mercantil.

Plazos de presentación de las cuentas anuales:

  • Hasta el 31 de marzo: Formulación de las cuentas anuales.
  • Hasta el 30 de junio: Aprobación de las cuentas anuales
  • Hasta el 30 de julio: Presentación de las cuentas anuales al Registro Mercantil

¿Qué documentos incluyen las cuentas anuales?

El modelo de cuentas anuales incluye cinco tipos de documentos: el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios del patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. Vamos a ver uno a uno toda la información que debemos incluir en cada uno de estos documentos para poder presentar las cuentas anuales en la empresa.

El balance recoge la situación de la empresa. Se trata de una fotografía que permite comparar en un momento determinado todas las posesiones (el activo) y las deudas de la empresa (el pasivo).

Además de formar parte de las cuentas anuales de la empresa, el balance de situación permite evaluar el estado financiero de una sociedad.

La cuenta de pérdidas y ganancias, también llamada cuenta de resultados, es un documento contable en el que se refleja la diferencia entre los ingresos y gastos que la empresa ha tenido durante el ejercicio social.

El estado de cambios en el patrimonio neto muestra la variación del capital de la Sociedad que afecta a su patrimonio, producido durante el ejercicio.

También llamado Estado de flujos de tesorería, considera el movimiento de efectivo en la empresa durante el periodo de tiempo analizado.

La memoria es el documento que complementa el contenido del balance y la cuenta de pérdidas y ganancias y que puede incluir otra información de interés que no se incluya en ningún documento de las cuentas anuales.


 

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